TANDIL: 19/11/2010
RESOLUCIÓN: 257/10
VISTO:
El Art. N° 9 de la Ordenanza 2990/03 del Honorable Consejo Superior referida al
régimen Electoral de Claustros en el cual se establece que las Juntas Electorales serán
designadas por los Decanos o Directores de Escuelas Superiores “Ad referendum” de los
Consejos Académicos o de Escuelas Superiores según corresponda, y
CONSIDERANDO:
Que, si bien el Art. 9 de la Ordenanza 2990/03 establece que sea el Decano el que
designe dicha Junta no especifica cómo hay que designar a los representantes por claustro
para que integren la misma.
Que, para las elecciones del año 2010 el Consejo Académico de nuestra Facultad
aprobó un nuevo procedimiento para integrar al representante del claustro Estudiantil ante la
Junta Electoral.
Que, dicho procedimiento fue aprobado por unanimidad en reunión del 27 de agosto
de 2010 por el Honorable Consejo Académico de nuestra Facultad.
Que, en la reunión del 24 de septiembre de 2010 el Consejo Académico analizó un
Proyecto de conformación de la Junta Electoral de la Facultad de Ciencias Exactas.
Que, dicho proyecto fue analizado y debatido en la mencionada reunión, donde se
acordó formar una comisión que presente un proyecto de resolución sobre una metodología
para la selección de la conformación de la Junta Electoral.
Que, dicha comisión quedó integrada por la Srta. Adriana Biera, el Dr. Héctor Di
Rocco, la Ing. Susana Manera, el Sr. Manuel Alonso, el Med. Vet. Gustavo Carrera y la Dra.
Rosana Barbuzza.
Que, la misma se reunió el día 05 de octubre y a propuesta de la comisión se invitó a
participar al Sr. Decano.
Que, en dicha reunión se analizó ampliamente el proyecto tomando en cuenta como
base la Ordenanza de Consejo Superior 2990/03 y la realidad de nuestra Facultad.
Que, por unanimidad acordaron no establecer ninguna modificación al Art. 9 de la
Ordenanza 2990/03, en la cual es el Decano el que debe designar la Junta Electoral y
establecer un procedimiento interno para seleccionar los representantes de los distintos
claustros que conformarán la Junta Electoral, el cual se describe en el Anexo I de la presente
resolución.
Que, el Consejo Académico por unanimidad resuelve aprobar la propuesta presentada.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Estatuto de la Universidad
Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires;
EL CONSEJO ACADÉMICO
DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Aprobar el procedimiento interno para seleccionar los representantes de los
distintos claustros que conformarán la Junta Electoral, el cual se describe en el Anexo I de la
presente resolución.
ARTÍCULO 2º: Regístrese, publíquese, notifíquese y archívese.-
ANEXO I
Procedimiento interno para seleccionar los representantes
de los distintos claustros que conformarán la Junta Electoral
Los integrantes de la Junta Electoral se elegirán una vez al año por sorteo según los
listados de interesados por claustro.
En la reunión de abril de Consejo Académico se hará la convocatoria a los distintos
claustros para conformar el listado de interesados en conformar la Junta Electoral, la cual
deberá comunicar lo establecido en el Art. 8 de la Ordenanza 2990/03 del Honorable Consejo
Superior. Dicha convocatoria finalizará en la fecha de la reunión de la Junta Ejecutiva
correspondiente a la reunión de junio del Consejo Académico a las 12:00 horas.
Dicha convocatoria será difundida en los medios habituales que posee la Facultad.
Todos los interesados deberán anotarse en la oficina de despacho de la Facultad
completando una planilla confeccionada para tal fin, que incluirá el nombre, el N° de
documento y la firma del interesado.
Podrán aceptarse inscripciones vía fax o correo electrónico en el caso en que el
interesado se encuentre fuera de la ciudad o en el exterior durante el período de convocatoria.
Dicha inscripción deberá venir acompañada de un compromiso, en caso de ser seleccionado,
para participar en las actividades correspondientes a la Junta Electoral. En todos los casos de
inscripción se proporcionará una constancia de inscripción al interesado.
Dos días después de cerrado el período de inscripción, la Secretaría Académica
verificará el cumplimiento de los requisitos de los inscriptos. En caso que no lo cumpla se
notificará al interesado a través de una nota firmada por el Decano, el cual podrá enviar su
descargo a la Secretaría Académica durante los dos días subsiguientes de ser notificado. En
todos los casos se entienden días hábiles. Dicho descargo será tratado por el Consejo
Académico en su próxima reunión antes de proceder al sorteo.
En la reunión ordinaria de junio del Consejo Académico se procederá al sorteo del que
emergerán, de cada listado de claustro, un titular y dos suplentes. Esta modalidad permitirá
que, al momento de la efectiva designación, un eventual inconveniente del primer nombre, no
afecte la conformación del respectivo claustro.
En el caso de que no exista ningún inscripto en alguno de los claustros, el Decano será
quien designe al representante del mismo.
Establecida la convocatoria del Consejo Superior para realizar las elecciones
correspondientes a los distintos claustros y a los efectos de dar cumplimiento al Art. 9 de la
Ordenanza Nº 2990/03 del Honorable Consejo Superior, el Decano procederá a través de una
Resolución de Decanato a designar la Junta Electoral de la Facultad, tomando en cuenta la
Resolución de Consejo Académico referida al procedimiento interno de selección de los
integrantes de la Junta Electoral.
Todo caso o situación no prevista en la presente Resolución será resuelto por el
Consejo Académico de acuerdo con su reglamento vigente.
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